SECRETARIADO DIOCESANO DE PASTORAL FAMILIAR

ESTATUTOS DE LOS EQUIPOS DE CATEQUESIS PREMATRIMONIAL (ECAPRES)

DIÓCESIS DE QUERÉTARO

 

CAPÍTULO 1:   De la constitución e integración de los Equipos de Catequesis Prematrimonial.

CAPÍTULO 2: Del Perfil de los Matrimonios Catequistas.

CAPÍTULO 3: De la Formación de los Matrimonios Catequistas.

CAPÍTULO 4: De la Organización y Coordinación de los ECAPREs.

CAPÍTULO 5: De las Actividades propias de los ECAPREs.

CAPÍTULO 6: De las Responsabilidades de los Matrimonios Coordinadores de los ECAPREs.

CAPÍTULO 7: De las Responsabilidades de los Sacerdotes Asesores de los ECAPREs.

 


 

 

 

CAPÍTULO PRIMERO

De la constitución e integración de los EQUIPOS DE CATEQUESIS PREMATRIMONIAL

Artículo 1º Cada EQUIPO DE CATEQUESIS PREMATRIMONIAL (ECAPRE) responderá a un análisis de necesidades de su parroquia.

Artículo 2º Todo  ECAPRE estará adscrito, respaldado y bajo la jurisdicción de una parroquia y su párroco. En el mes de enero de cada año actualizará su registro llenando y presentando el formato de ACTUALIZACIÓN DE DATOS con la firma del párroco.

Artículo 3º El ECAPRE contará con el apoyo de un sacerdote que se hará responsable de atenderlo en sus necesidades y/o problemáticas como equipo. A su vez, cada ECAPRE participará como miembro activo en la pastoral familiar de su parroquia.

Artículo 4º El ECAPRE contará con un lugar apropiado  para realizar sus actividades, sin que ello interfiera con las demás actividades parroquiales.

Artículo 5º El ECAPRE proporcionará a la parroquia una relación completa y actualizada de los centros de catequesis registrados y/o certificados.

Artículo 6º El ECAPRE será apoyado y supervisado por un Matrimonio Coordinador de su decanato (CODECAPRE) quien será el enlace con el EQUIPO COORDINADOR DIOCESANO DE CATEQUESIS PREMATRIMONIAL (ECODICAPRE) el cual depende directamente del SECRETARIADO DIOCESANO DE PASTORAL FAMILIAR (SEDIPAF).

Artículo 7º Los temas y contenidos de la catequesis serán los aprobados  por el Secretariado Diocesano de Pastoral Familiar (SEDIPAF). La secuencia y orden del temario aprobado para la diócesis de Querétaro es el  siguiente:

Tema 1                  Conocernos más para amarnos mejor

Tema 2                  Diálogo comunicación profunda

Tema 3                  Amor conyugal

Tema 4                  El sacramento del matrimonio

Tema 5                  La sexualidad al servicio del amor

Tema 6                  Paternidad y maternidad responsables

Tema 7                  Comunidad de bienes

Tema 8                  Dejar padre y madre

Se recomienda no cambiar el orden de los temas para no alterar la secuencia pedagógica desarrollada dentro de la catequesis.

Artículo 8º Los horarios y el número de sesiones podrán adecuarse a las necesidades y características de la comunidad parroquial (con un mínimo de 24 horas), siempre y cuando se cubran los temas aprobados por el SEDIPAF en el orden arriba descrito.

Artículo 9º La catequesis estará principalmente fundamentada en el manual para catequistas y el cuaderno de novios desarrollado por el SEDIPAF y además podrá apoyarse y actualizarse con base en los documentos de la Iglesia.

Artículo 10º Cualquier otro material de apoyo para la catequesis, diferente a los citados en el artículo precedente, contará con la aprobación por parte del coordinador del centro y del sacerdote asistente.

 

CAPÍTULO SEGUNDO

Del Perfil de los Matrimonios Catequistas.

Artículo 11º La catequesis prematrimonial deberá ser impartida por matrimonios catequistas que ya hayan recibido el sacramento del matrimonio.

Artículo 12º Los matrimonios catequistas darán un congruente testimonio de vida cristiana en sus familias y ante su comunidad.

Artículo 13º Los matrimonios catequistas tendrán carisma para impartir la catequesis, espíritu de servicio  y ambos cónyuges participarán con gusto en la pastoral familiar.

Artículo 14º Los matrimonios catequistas procurarán tener una participación equitativa durante la exposición y desarrollo del tema.

Artículo 15º Los Matrimonios Catequistas procurarán vivir el Espíritu de Comunión, estando incorporados a una comunidad que los alimente y fortalezca a través de la escucha de la Palabra de Dios, su participación en la Eucaristía y la oración.

 

CAPÍTULO TERCERO

De la Formación Responsable de los Catequistas.

Artículo 16º Los matrimonios catequistas habrán vivido la experiencia del Kerigma.

Artículo 17º Los matrimonios catequistas habrán tomado un curso de Eclesiología.

Artículo 18º Los matrimonios catequistas habrán participado en el curso de sensibilización que ofrece el SEDIPAF.

Artículo 19º Los matrimonios catequistas contarán con la constancia de participación en las FORMACIONES Y CAPACITACIONES DE CATEQUISTAS PREMATRIMONIALES  que organiza el ECODICAPRE, asegurando así su actualización en los temas que imparten.

Artículo 20º Los matrimonios catequistas se presentarán con 15 minutos de anticipación para su catequesis, estando en gracia de Dios. Asimismo procurarán conducirse con disciplina y respeto ante su comunidad, presentándose puntualmente a las reuniones.

 

CAPÍTULO CUARTO

De la Organización y Coordinación de los ECAPREs.

Artículo 21º Cada ECAPRE contará con un matrimonio coordinador quien realizará las actividades de coordinación, administración y representación ante el CONSEJO DECANAL DE CATEQUESIS PREMATRIMONIAL (CONDECAPRE), el ECODICAPRE y el SEDIPAF.

Artículo 22º El ECAPRE contará con un mínimo de 8 matrimonios catequistas –se recomienda contar con otros matrimonios adicionales de apoyo para cubrir cualquier eventualidad en el desarrollo de la catequesis-.  

Artículo 23º El ECAPRE programará una reunión mensual, por lo menos, para evaluar la catequesis anterior, planear la actividad futura y asegurar la consolidación fraterna y espiritual del equipo.

Artículo 24º Cada ECAPRE contará con un directorio actualizado de los matrimonios que lo integran, enviando copia al ECODICAPRE a través del matrimonio coordinador decanal de catequesis prematrimonial (CODECAPRE).

Artículo 25º  Para la obtención de su constancia anual, todos los miembros del ECAPRE asistirán a las reuniones de formación, capacitación y actualización según el calendario anual de actividades que emite el ECODICAPRE.

 

CAPÍTULO QUINTO

De las Actividades propias de los ECAPREs.

Artículo 26º Cada ECAPRE llevará un libro de registro de las parejas que han asistido a la catequesis en su centro. Este libro incluirá: nombre y apellidos de cada uno de los novios; la parroquia a la que pertenecen, tiempo de noviazgo, fecha de la celebración del sacramento del matrimonio, dirección donde vivirán y teléfono de localización. 

Artículo 27º El ECAPRE entregará el comprobante de asistencia a catequesis, a las parejas de novios que cumplan en tiempo y forma. Dicho comprobante llevará el sello de la parroquia.

Artículo 28º El ECAPRE tendrá un listado de todos los centros registrados y/o certificados de catequesis prematrimonial de la diócesis para asesorar a los novios respecto a dónde podrán tomar su catequesis si los horarios de su parroquia  no les convinieren.

Artículo 29º El ECAPRE contará con una lista abastecida de materiales y consumibles necesarios para dar un buen servicio a los asistentes (papelería, café, galletas, etc.).

Artículo 30º El ECAPRE deberá proveerse semestralmente de un número adecuado de cuadernillos de novios de acuerdo a un análisis de las necesidades del centro.

Artículo 31º Es responsabilidad de cada ECAPRE, formular su calendario anual de actividades tanto dentro de su parroquia como en la vida diocesana.

Artículo 32º Las aportaciones económicas que se piden a los novios se estimarán de acuerdo a las posibilidades socioeconómicas de cada centro de catequesis y serán administradas por un matrimonio designado para recaudar los recursos del centro quien presentará por escrito un reporte financiero de ingresos y egresos: tanto ante el equipo para su análisis, como ante el párroco para su visto bueno.

Artículo 33º Los matrimonios catequistas estarán al pendiente de los cursos de formación y actualización sin esperar a que sus coordinadores se los recuerden.

Artículo 34º Si por alguna razón el matrimonio catequista no pudiera dar su catequesis, con anticipación buscará un matrimonio que lo supla, sin dejar la responsabilidad a otros, comunicándolo oportunamente al matrimonio coordinador.

Artículo 35º Siempre se presentarán los dos cónyuges para dar su catequesis, buscando dar testimonio de vida matrimonial.

 

CAPÍTULO SEXTO

De las Responsabilidades de los Matrimonios Coordinadores del Equipo

Artículo 36º El Matrimonio Coordinador del ECAPRE  vigilará el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades descritas en este manual. 

Artículo 37º El Matrimonio Coordinador del ECAPRE organizará y motivará las reuniones mensuales de su equipo.

Artículo 38º El Matrimonio Coordinador del ECAPRE dará seguimiento a la formación espiritual del equipo.

Artículo 39º El Matrimonio Coordinador del ECAPRE motivará a su equipo a asistir a las capacitaciones programadas por el ECODICAPRE.

Artículo 40º El matrimonio coordinador del ECAPRE se comprometerá en este servicio por un tiempo mínimo de un año y un tiempo máximo de 3 años. Por ningún motivo se podrá permanecer coordinando por dos periodos consecutivos. Para realizar el cambio del matrimonio coordinador del ECAPRE se recomienda hacerlo durante los meses de noviembre y diciembre.

 

CAPÍTULO SÉPTIMO

De las Responsabilidades de los Sacerdotes Asesores de los ECAPREs

 

Artículo 41º El Sr. Párroco será el principal responsable del Equipo de Matrimonios de catequesis prematrimonial por lo que todo ECAPRE requiere de la autorización parroquial. Para lo cual, en el mes de enero de cada año, se entregará al ECODICAPRE la hoja de ACTUALIZACIÓN DE DATOS del equipo de catequesis prematrimonial.

Artículo 42º El Sr. Párroco motivará al Equipo de Catequesis Prematrimonial de su parroquia y mostrará apertura para un diálogo oportuno con quienes trabajan en la catequesis prematrimonial.

Artículo 43º  El Sr. Párroco tendrá en la notaría el directorio y horarios de los centros de catequesis prematrimonial de la diócesis de Querétaro. Así como el directorio de los integrantes del ECAPRE de su parroquia.

Artículo 44º El sacerdote asesor del ECAPRE asumirá la estructura de la catequesis prematrimonial y motivará a los matrimonios catequistas a cumplir con su apostolado asistiendo a sus reuniones mensuales.

Artículo 45º El sacerdote asesor estará atento y constatará que el ECAPRE participe en todas y cada una de las formaciones y capacitaciones que el ECODICAPRE organiza en su programación anual.

Artículo 46º El Señor Párroco o el sacerdote asesor del ECAPRE serán los únicos con la autoridad para hacer algún tipo de excepción sobre lo acordado en estos estatutos.

Artículo 47º El Señor Párroco o el sacerdote asesor del ECAPRE realizarán retiros y convivencias con los matrimonios integrantes de su equipo de catequesis prematrimonial, fomentando la integración y crecimiento espiritual del equipo.

  

 

 

 
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